Un canon indiscriminado no se puede justificar en base a la necesidad de compensar las pérdidas que el desarrollo tecnológico genera a quienes crean los contenidos. Una afirmación así al no poder ser generalizable no es válida.
Como sentenció la Audiencia Provincial de Madrid, «confuso derecho es este en el que se cobra el canon a cambio de una actividad prohibida».
El canon de copia privada es un sistema manifiestamente ineficaz e imperfecto. Esta es la principal conclusión de un dictamen elaborado por la Comisión Asesora sobre la Sociedad de la Información, presidida por Manuel Castells, uno de los mayores expertos mundiales en este campo. Sigue el informe, «es un canon injusto e indiscriminado, no frena la piratería y nos hace responsables a todos de ella. El canon puede afectar seriamente al desarrollo de la sociedad de la información y encarece el precio de los productos. Hoy en día, representa el 50% del precio del CD y el 31% de un Mp3.»
Intervención del senador Sr. Jordi Guillot, de Iniciativa per Catalunya Verds, en el Proyecto de Ley de Reforma de la Ley de Propiedad Intelectual (Canon Digital). Artículo completo, negrita mía.
Revuelta en el fenopático. No hay mucho más que añadir.