No hay ninguna autoridad manifiesta que nos intimide, pero estamos gobernados por la autoridad anónima del conformismo.
Erich Fromm. Psicoanálisis de la sociedad contemporánea, 1955.
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No hay ninguna autoridad manifiesta que nos intimide, pero estamos gobernados por la autoridad anónima del conformismo.
Erich Fromm. Psicoanálisis de la sociedad contemporánea, 1955.
Las diferencias entre los países ricos y los pobres es cada vez mayor, las diferencias entre los ricos y los pobres de los países pobres también. Algo que seguramente es menos conocido o más silenciado, es que las diferencias entre los ricos y los pobres de los países ricos están aumentando en los últimos años.
La Renta Básica no es una subvención, un subsidio o un seguro condicionado.
«… era una pobre… en una palabra, que vivía de su trabajo…» (Crimen y castigo, Fiodor Dostoievsky)
La difusión de cualquier propuesta social y política alternativa novedosa es condición necesaria de su aplicación. Pero cuando se extiende al acelerado ritmo con que van esparciéndose las ideas programáticas de la Renta Básica (RB, a partir de ahora), es inevitable que surjan confusiones. Aquí expondremos las características generales de la RB que ayudan a despejar las confusiones más habituales, esbozaremos algún ejemplo de cómo podría ser financiada; y apuntaremos brevemente a su justificación normativa y a su oportunidad política en el mundo actual.
I. DEFINICIÓN
La RB es un ingreso pagado por el estado a cada miembro de pleno derecho de la sociedad o residente, incluso si no quiere trabajar de forma remunerada, sin tomar en consideración si es rico o pobre, o dicho de otra forma, independientemente de cuáles puedan ser las otras posibles fuentes de renta, y sin importar con quién conviva.
«Un ingreso pagado por el Estado». «Estado» puede incluir una institución jurídico-política mayor que la de los Estados-nación realmente existentes, como sería el caso de la Unión Europea; o puede referirse a ámbitos jurídico-políticos menores que el del Estado-nación.
«A cada miembro de pleno derecho de la sociedad o residente». En los distintos modelos de financiación de la RB hay variaciones de cuantía, de edades (más o menos cantidad según la edad), de inclusión o no de los menores, etc. Pero en todos los casos se trata de una cantidad monetaria que recibirían los ciudadanos individualmente (no por familia, por ejemplo) y universalmente (1) (no condicionado a determinados niveles de pobreza, pongamos por caso).
«Incluso si no quiere trabajar de forma remunerada». Aunque luego insistiremos sobre este aspecto, ahora solamente queremos dejar apuntado que muy a menudo se interpreta «trabajo» como sinónimo de «trabajo remunerado» o «empleo». Hay buenas razones para pensar que la siguiente tipología es más adecuada: 1) Trabajo con remuneración en el mercado, 2) Trabajo doméstico, y 3) Trabajo voluntario (2).
«Sin tomar en consideración si es rico o pobre o, dicho de otra forma, independientemente de cuáles puedan ser las otras posibles fuentes de renta». A diferencia de los subsidios condicionados a un nivel de pobreza o de situación, la RB la recibe igual un rico que un pobre. Si la RB es concebida como un derecho de ciudadanía (como implícitamente puede desprenderse de la definición), excluye toda condición adicional. Como el derecho ciudadano al sufragio universal, la propuesta de la RB no impone condiciones adicionales a las de ciudadanía.
«Sin importar con quién conviva». La RB no favorece una forma de convivencia determinada. Ya se trate que en un mismo techo viva una pareja heterosexual, o personas de varias generaciones, o un grupo de amigos o una pareja homosexual, son formas de convivencia completamente independientes del derecho a percibir una RB.
La RB no es una subvención, un subsidio o un seguro condicionado. Ni presupone la satisfacción de algún requisito, por ejemplo, demostrar un determinado estado de pobreza, estar buscando trabajo remunerado, o haber perdido el empleo, por cualquier circunstancia. Esta característica tan distintiva de la RB, la de no estar condicionada a requisito alguno distinto de la ciudadanía o residencia acreditada, la distingue claramente, por poner solamente algunos ejemplos, del subsidio de desempleo, de los subsidios agrarios, de los programas como «jefes y jefas de familia», etc.
Puede observarse que la RB es formalmente laica, incondicional y universal. Se percibiría, en efecto, independientemente del sexo o de la raza a los que se pertenezca, del nivel de ingresos que se posea, de la confesión religiosa que se profese y de la orientación sexual que se tenga (3).
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En total, la propuesta del Gobierno catalán es que las personas que viven en esta comunidad autónoma en situación de pobreza y que cuentan con rentas más bajas reciban fondos adicionales que les permitan obtener un mínimo de 7.137,2 euros al año. Con este dinero, afirma la conselleria de Bienestar y Familia, “ningún ciudadano de Cataluña estaría por debajo del umbral de pobreza”.
Según Bienestar y Familia, las prestaciones beneficiarían a personas que cobran pensiones de viudedad insuficientes, preceptores de pensiones no contributivas y personas con ayudas para el mantenimiento de necesidades básicas. La Ley también contempla a jóvenes ex tutelados de la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia (DGAIA) y a familias que acogen a menores.
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¿Caminito caminito a la renta básica?