{"id":3617,"date":"2010-12-24T12:27:52","date_gmt":"2010-12-24T11:27:52","guid":{"rendered":"http:\/\/www.perdiendo.org\/museodemetralla\/?p=3617"},"modified":"2010-12-24T12:27:52","modified_gmt":"2010-12-24T11:27:52","slug":"la-cultura-es-un-derecho-que-restringe-la-propiedad-intelectual","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/perdiendo.org\/museodemetralla\/?p=3617","title":{"rendered":"la cultura es un derecho que restringe la propiedad intelectual"},"content":{"rendered":"<blockquote><p>\u00abSi algo hay que reprocharle es su tibieza. Tend\u00eda a ser muy moderada. Para m\u00ed es m\u00e1s efectiva la ley francesa, que primero advierte a los usuarios y luego act\u00faa contra ellos, como se hace con los delincuentes, es decir, no solo contra las p\u00e1ginas, porque los usuarios deben saber que lo que hacen es un delito. Los argumentos de los defensores de las descargas no son una defensa de la libertad sino todo lo contrario: un aut\u00e9ntico asalto a la libertad de creaci\u00f3n\u00bb.<br \/>\n<a href=\"http:\/\/es.wikipedia.org\/wiki\/Fernando_Savater\">Fernando Sabater<\/a>, <a href=\"http:\/\/www.elpais.com\/articulo\/cultura\/Algunos\/tendrian\/reparos\/ley\/mayoria\/hizo\/populismo\/barato\/elpepucul\/20101223elpepucul_6\/Tes\">art\u00edculo<\/a> sobre la ca\u00edda de la \u00abLey Sinde\u00bb en <a href=\"http:\/\/elpais.com\">ElPais<\/a><\/p>\n<p>\u00abLos poderes p\u00fablicos promover\u00e1n y tutelar\u00e1n el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho.\u00bb<br \/>\nConstituci\u00f3n Espa\u00f1ola, Art\u00edculo 44.1<\/p>\n<p>\u00abNo necesita autorizaci\u00f3n del autor la reproducci\u00f3n, en cualquier soporte, de obras ya divulgadas cuando se lleve a cabo por una persona f\u00edsica para su uso privado a partir de obras a las que haya accedido legalmente y la copia obtenida no sea objeto de una utilizaci\u00f3n colectiva ni lucrativa, sin perjuicio de la compensaci\u00f3n equitativa prevista en el art\u00edculo 25, que deber\u00e1 tener en cuenta si se aplican a tales obras las medidas a las que se refiere el art\u00edculo 161. Quedan excluidas de lo dispuesto en este apartado las bases de datos electr\u00f3nicas y, en aplicaci\u00f3n del art\u00edculo 99.a), los programas de ordenador.\u00bb<br \/>\nLPI, Art\u00edculo 31.2<\/p>\n<p>\u201cEl propietario ya no es \u2013como confund\u00eda la doctrina liberal- el titular de un derecho sobre el bien, sino, m\u00e1s precisamente, el titular de algunos poderes, que tienen como objeto el bien. Porque, en efecto, no cabe ya identificar el derecho de propiedad con la sujeci\u00f3n o sumisi\u00f3n de una porci\u00f3n del mundo f\u00edsico a la indiscriminada voluntad de su titular.<\/p>\n<p>\u00abEn otros t\u00e9rminos, el propietario no es el exclusivo titular del bien, aunque resulte evidente que goza de ciertos poderes sobre el mismo. Es, por otro lado, la satisfacci\u00f3n de la finalidad social del derecho la que legitima el otorgamiento, conservaci\u00f3n y tutela de la propiedad. Al no ser el exclusivo titular, porque tan s\u00f3lo goza de algunos poderes que tienen por objeto el bien y al ser delimitados \u00e9stos \u2013por la misma sociedad: el legislador- para alcanzar un fin social, conectamos de nuevo con que es la colectividad la que ostenta, por as\u00ed denominarlo, un derecho primario sobre los bienes\u201d.<br \/>\nJavier Barn\u00e9s. \u00abLa propiedad Constitucional. El estatuto jur\u00eddico del suelo agrario\u00bb. Citado en David Bravo, <a href=\"http:\/\/elastico.net\/archives\/005194.html\"><em>Copia este libro<\/em><\/a><\/p>\n<\/blockquote>\n<p>Que Savater es una persona que hace tiempo perdi\u00f3 el norte a m\u00ed me parece m\u00e1s que evidente, pero a\u00fan as\u00ed a veces uno deber\u00eda prestar m\u00e1s atenci\u00f3n a lo que dice. No s\u00e9 si es el deseo de este se\u00f1or que se encarcele al 90 por ciento de la poblaci\u00f3n, pero aunque as\u00ed fuera lo que deber\u00eda preguntarse es:<\/p>\n<p>1. \u00bfEs legal esto que propongo para combatir algo que yo estoy tildando de ilegal?<br \/>\n2. \u00bfRealmente es ilegal lo que estoy llamando ilegal?<\/p>\n<p>Pero para eso habr\u00eda que renunciar a hacer publicidad y difamar que algo queda antes de informarse correctamente. Tengo m\u00e1s que serias dudas sobre que Fernando Savater no se procure debida informaci\u00f3n, as\u00ed que la conclusi\u00f3n a la que llego es que lo que le interesa es combar el espacio-tiempo a su antojo para amoldarlo a las conclusiones que \u00e9l solito ha sacado para proteger sus intereses.<\/p>\n<h3>la cultura es un derecho por algo<\/h3>\n<p>Lo que se plantea aqu\u00ed es un asunto muy peliagudo, con muchos tendones, nervios y venas, por lo que hay que operar con cuidado.<\/p>\n<p>La cultura es un derecho. Me parece que nivelarla seg\u00fan el poder adquisitivo del que quiere disfrutarla es un modo de favorecer una educaci\u00f3n selectiva y, a medio plazo, una herramienta para mantener las diferencias sociales. Me niego a que el que m\u00e1s dinero tenga pueda proveer a sus hijos de m\u00e1s y mejor cultura y que el que menos tenga est\u00e9 condenado a repetir en sus hijos su propia situaci\u00f3n debido a una educaci\u00f3n y riqueza cultural deficiente.<\/p>\n<p>Para luchar contra esa injusticia, y pese a Savater, se incluy\u00f3 en la Constituci\u00f3n el derecho a la cultura y en la LPI el derecho a la copia privada sobre la cual el autor no tiene capacidad de decisi\u00f3n alguna. Yo tengo derecho a hacerme una copia para uso privado de cualquier obra que haya sido difundida. No tengo derecho a lucrarme con ella, pero s\u00ed a informarme con ella. De ese modo todo el mundo tiene un mismo acceso a la cultura, independientemente de que quiera utilizarlo o no o se utilice para ver el \u00faltimo bodrio que ha llegado al cine. Posteriormente se aplic\u00f3 el canon para devolver al autor las supuestas p\u00e9rdidas de ingresos que este derecho de todo ciudadano en teor\u00eda le resta. Y digo en teor\u00eda porque si no tienes pasta para comprar el original no la tienes con derecho a copia privada ni sin ella.<\/p>\n<p>Es un modo de intentar igualar la situaci\u00f3n del acceso a la cultura, que en la Constituci\u00f3n es un derecho.<\/p>\n<p>Claro que eso a gente con pasta como Savater no le preocupa lo m\u00e1s m\u00ednimo, sus hijos si los tiene tendr\u00e1n un acceso excelente a la cultura de pago que perpetua las diferencias sociales estableciendo un modo invisible pero eficaz de castas.<\/p>\n<h3>los l\u00edmites de la propiedad intelectual<\/h3>\n<p>De ah\u00ed viene todo este l\u00edo.<\/p>\n<p>Acceso a la cultura > Copia privada > Canon > Entidades de gesti\u00f3n > Los artistas comen.<\/p>\n<p>Una vez que la obra ha sido difundida el autor conserva la propiedad, pero la propiedad no le da todos los derechos sobre la obra, porque sobre su propiedad se eleva mi derecho a la copia privada de cualquier obra difundida. A \u00e9l puede parecerle muy mal, pero no puede hacer nada contra ello. En ese sentido, el autor no tiene ning\u00fan derecho sobre la copia privada de su obra que yo tengo.<\/p>\n<p>Debemos gestionar los derechos de autor, sobre eso no hay ninguna duda, pero teniendo mucho cuidado con estos tendones y venas: el acceso universal a la cultura para una m\u00e1xima igualdad posible en las condiciones de partida. Defender a los creadores no puede significar la creaci\u00f3n de una \u00e9lite en funci\u00f3n de su poder adquisitivo.<\/p>\n<h3>no todo vale<\/h3>\n<p>La ley Sinde no se ha ido al carajo porque a nadie le importen una mierda los artistas, sino porque ha intentado resolver una situaci\u00f3n injusta creando otra: una en la cual un comit\u00e9 pod\u00eda cerrar una web, infringiendo la tutela judicial. Creo que si la ley hubiera sido aprobada hubiera sido rechazada despu\u00e9s por inconstitucional. En mi opini\u00f3n lo es.<\/p>\n<p>Todos los artistas de los que he le\u00eddo comentarios sobre la ca\u00edda, como <a href=\"http:\/\/www.elpais.com\/articulo\/cultura\/dictadura\/Senores\/Red\/elpepicul\/20101223elpepicul_2\/Tes\">Alejandro Sanz<\/a>, lloran porque nadie defiende a los artistas y porque no se ha aprobado esta ley, pero ninguno entra en honduras sobre la ley en s\u00ed, sobre sus m\u00e9todos, sobre si es una buena herramienta para solucionar el problema o no. S\u00f3lo se quejan de que no haya sido aprobada. Otros dicen <a href=\"http:\/\/www.elpais.com\/articulo\/cultura\/Indignacion\/cultura\/caida\/ley\/Sinde\/elpepucul\/20101223elpepucul_11\/Tes\">que no era perfecta pero al menos era algo<\/a>, como si semejante tonter\u00eda se pudiera decir sin sentir verg\u00fcenza inmediata: no nos sirve cualquier cosa, nos sirve algo que resuelva el problema sin vulnerar ning\u00fan derecho. O Alex de la Iglesia, diciendo que <a href=\"http:\/\/www.twitlonger.com\/show\/7kh273\">independientemente de la redacci\u00f3n lo importante es la intenci\u00f3n<\/a>, lo que sucede es que en el mundo real es la redacci\u00f3n la que te lleva a juicio, y no la intenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Entre l\u00e1grimas algunos creadores nos dicen que se van a morir de hambre y que la cultura en este pa\u00eds va a desaparecer, y estoy de acuerdo en que es algo que hay que solucionar a la mayor brevedad posible. Pero no de cualquier modo.<\/p>\n<p>Defender a los autores es una causa indiscutible, cercenar derechos para ello es indefendible.<\/p>\n<h3>no me guarrees la charca<\/h3>\n<p>Que la cultura es un factor determinante en la educaci\u00f3n no es discutible (todo lo es, por supuesto, pero la discusi\u00f3n no ser\u00eda muy larga), que la cultura es un bien que genera pensamiento cr\u00edtico y personas informadas es menos discutible a\u00fan, por eso se debe proteger el acceso universal a la misma.<\/p>\n<p>Los creadores comen, eso est\u00e1 claro, y hay que buscar formas de que obtengan ingresos sin vulnerar el derecho a la cultura y el de la copia privada, que son los garantes de la universalidad de la informaci\u00f3n, vinculada al derecho a la educaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Una ley que intente cerrar webs de descargas al mismo tiempo que deja abierta la puerta a que el gobierno de turno cierre p\u00e1ginas molestas sin la debida tutela judicial no es una ley que se pueda aprobar, por mucho que defienda los intereses de los artistas. Habr\u00e1 que buscar un modo de defender estos derechos sin vulnerar otros.<\/p>\n<p>En este equilibrio estamos. La copia privada es un mecanismo de seguridad eficaz, efectivo y necesario para revertir situaciones injustas de desigualdad de oportunidades en funci\u00f3n del poder adquisitivo, pero los artistas comen. Las entidades de gesti\u00f3n de derechos de autor <a href=\"http:\/\/www.libertaddigital.com\/internet\/la-sgae-reparte-el-75-de-sus-fondos-entre-el-173-de-los-autores-1276356945\/\">quiz\u00e1 no est\u00e9n repartiendo justamente sus ingresos<\/a>. As\u00ed est\u00e1 la charca.<\/p>\n<p>Cualquier soluci\u00f3n deber\u00e1 respetar los derechos existentes, o intentar\u00e1 vencer una injusticia con otra, lo cual no sirve sino para empezar una nueva guerra el mismo d\u00eda que termin\u00f3 la anterior.<\/p>\n<p>Lo realmente cierto es lo que comenta Kiko Veneno, estamos <a href=\"http:\/\/www.elpais.com\/articulo\/opinion\/quedando\/campo\/minado\/elpepuopi\/20101223elpepuopi_10\/Tes\">dejando un campo minado<\/a>, y en un campo minado se conversa fatal. El odio es mal conductor del entendimiento.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00abSi algo hay que reprocharle es su tibieza. Tend\u00eda a ser muy moderada. Para m\u00ed es m\u00e1s efectiva la ley francesa, que primero advierte a los usuarios y luego act\u00faa contra ellos, como se hace con los delincuentes, es decir, no solo contra las p\u00e1ginas, porque los usuarios deben saber que lo que hacen es [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[8],"tags":[],"class_list":["post-3617","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-vindicaciones"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/perdiendo.org\/museodemetralla\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3617","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/perdiendo.org\/museodemetralla\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/perdiendo.org\/museodemetralla\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/perdiendo.org\/museodemetralla\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/perdiendo.org\/museodemetralla\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=3617"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/perdiendo.org\/museodemetralla\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3617\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/perdiendo.org\/museodemetralla\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=3617"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/perdiendo.org\/museodemetralla\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=3617"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/perdiendo.org\/museodemetralla\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=3617"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}