{"id":1165,"date":"2006-03-09T13:34:35","date_gmt":"2006-03-09T11:34:35","guid":{"rendered":"http:\/\/www.perdiendo.org\/museodemetralla\/?p=1165"},"modified":"2006-03-09T13:34:35","modified_gmt":"2006-03-09T11:34:35","slug":"renta-basica","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/perdiendo.org\/museodemetralla\/?p=1165","title":{"rendered":"renta b\u00e1sica"},"content":{"rendered":"<blockquote><p>Las diferencias entre los pa\u00edses ricos y los pobres es cada vez mayor, las diferencias entre los ricos y los pobres de los pa\u00edses pobres tambi\u00e9n. Algo que seguramente es menos conocido o m\u00e1s silenciado, es que las diferencias entre los ricos y los pobres de los pa\u00edses ricos est\u00e1n aumentando en los \u00faltimos a\u00f1os.<\/p>\n<p>La Renta B\u00e1sica no es una subvenci\u00f3n, un subsidio o un seguro condicionado.<\/p>\n<p>\u00ab&#8230; era una pobre&#8230; en una palabra, que viv\u00eda de su trabajo&#8230;\u00bb (Crimen y castigo, Fiodor Dostoievsky)<\/p>\n<p>La difusi\u00f3n de cualquier propuesta social y pol\u00edtica alternativa novedosa es condici\u00f3n necesaria de su aplicaci\u00f3n. Pero cuando se extiende al acelerado ritmo con que van esparci\u00e9ndose las ideas program\u00e1ticas de la Renta B\u00e1sica (RB, a partir de ahora), es inevitable que surjan confusiones. Aqu\u00ed expondremos las caracter\u00edsticas generales de la RB que ayudan a despejar las confusiones m\u00e1s habituales, esbozaremos alg\u00fan ejemplo de c\u00f3mo podr\u00eda ser financiada; y apuntaremos brevemente a su justificaci\u00f3n normativa y a su oportunidad pol\u00edtica en el mundo actual.<\/p>\n<p>I. DEFINICI\u00d3N<\/p>\n<p>La RB es un ingreso pagado por el estado a cada miembro de pleno derecho de la sociedad o residente, incluso si no quiere trabajar de forma remunerada, sin tomar en consideraci\u00f3n si es rico o pobre, o dicho de otra forma, independientemente de cu\u00e1les puedan ser las otras posibles fuentes de renta, y sin importar con qui\u00e9n conviva.<\/p>\n<p>\u00abUn ingreso pagado por el Estado\u00bb. \u00abEstado\u00bb puede incluir una instituci\u00f3n jur\u00eddico-pol\u00edtica mayor que la de los Estados-naci\u00f3n realmente existentes, como ser\u00eda el caso de la Uni\u00f3n Europea; o puede referirse a \u00e1mbitos jur\u00eddico-pol\u00edticos menores que el del Estado-naci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u00abA cada miembro de pleno derecho de la sociedad o residente\u00bb. En los distintos modelos de financiaci\u00f3n de la RB hay variaciones de cuant\u00eda, de edades (m\u00e1s o menos cantidad seg\u00fan la edad), de inclusi\u00f3n o no de los menores, etc. Pero en todos los casos se trata de una cantidad monetaria que recibir\u00edan los ciudadanos individualmente (no por familia, por ejemplo) y universalmente (1) (no condicionado a determinados niveles de pobreza, pongamos por caso).<\/p>\n<p>\u00abIncluso si no quiere trabajar de forma remunerada\u00bb. Aunque luego insistiremos sobre este aspecto, ahora solamente queremos dejar apuntado que muy a menudo se interpreta \u00abtrabajo\u00bb como sin\u00f3nimo de \u00abtrabajo remunerado\u00bb o \u00abempleo\u00bb. Hay buenas razones para pensar que la siguiente tipolog\u00eda es m\u00e1s adecuada: 1) Trabajo con remuneraci\u00f3n en el mercado, 2) Trabajo dom\u00e9stico, y 3) Trabajo voluntario (2).<\/p>\n<p>\u00abSin tomar en consideraci\u00f3n si es rico o pobre o, dicho de otra forma, independientemente de cu\u00e1les puedan ser las otras posibles fuentes de renta\u00bb. A diferencia de los subsidios condicionados a un nivel de pobreza o de situaci\u00f3n, la RB la recibe igual un rico que un pobre. Si la RB es concebida como un derecho de ciudadan\u00eda (como impl\u00edcitamente puede desprenderse de la definici\u00f3n), excluye toda condici\u00f3n adicional. Como el derecho ciudadano al sufragio universal, la propuesta de la RB no impone condiciones adicionales a las de ciudadan\u00eda.<\/p>\n<p>\u00abSin importar con qui\u00e9n conviva\u00bb. La RB no favorece una forma de convivencia determinada. Ya se trate que en un mismo techo viva una pareja heterosexual, o personas de varias generaciones, o un grupo de amigos o una pareja homosexual, son formas de convivencia completamente independientes del derecho a percibir una RB.<\/p>\n<p>La RB no es una subvenci\u00f3n, un subsidio o un seguro condicionado. Ni presupone la satisfacci\u00f3n de alg\u00fan requisito, por ejemplo, demostrar un determinado estado de pobreza, estar buscando trabajo remunerado, o haber perdido el empleo, por cualquier circunstancia. Esta caracter\u00edstica tan distintiva de la RB, la de no estar condicionada a requisito alguno distinto de la ciudadan\u00eda o residencia acreditada, la distingue claramente, por poner solamente algunos ejemplos, del subsidio de desempleo, de los subsidios agrarios, de los programas como \u00abjefes y jefas de familia\u00bb, etc.<\/p>\n<p>Puede observarse que la RB es formalmente laica, incondicional y universal. Se percibir\u00eda, en efecto, independientemente del sexo o de la raza a los que se pertenezca, del nivel de ingresos que se posea, de la confesi\u00f3n religiosa que se profese y de la orientaci\u00f3n sexual que se tenga (3).<br \/>\n<!--more--><\/p>\n<p>II. LAS CR\u00cdTICAS Y LAS CONFUSIONES<\/p>\n<p>La propuesta de RB se viene desarrollando a lo largo de los \u00faltimos cuatro lustros (4), tanto desde el punto de vista filos\u00f3fico como econ\u00f3mico. Junto a este avance han aparecido multitud de cr\u00edticas. Hacer un inventario de estas cr\u00edticas ser\u00eda demasiado extenso y no ser\u00eda muy \u00fatil. S\u00ed, en cambio, creemos que seleccionar algunas de las que contin\u00faan repiti\u00e9ndose, puesto que otras ya han sido abandonadas hace tiempo, puede ayudar a una mejor comprensi\u00f3n de la RB. Nos concentraremos en las siguientes: 1) La RB fomentar\u00e1 el parasitismo; 2) La RB al ser universal no permite una buena lucha contra la pobreza (por tanto, son mejores los subsidios condicionados dirigidos a los pobres); 3) La RB solamente est\u00e1 pensada para pa\u00edses ricos; 4) La RB es muy costosa e imposible de financiar.<\/p>\n<p>II.1 Fomentar\u00e1 el parasitismo<\/p>\n<p>En esta cr\u00edtica acostumbra a haber algunas confusiones. Entre otras: A) la que equipara trabajo, con trabajo monetariamente remunerado, B) la que identifica no estar percibiendo ninguna remuneraci\u00f3n monetaria por una actividad, con \u00abno estar haciendo nada\u00bb. Veamos ambas confusiones m\u00e1s de cerca.<\/p>\n<p>Hay una serie de actividades (trabajos) por los que no se percibe ninguna remuneraci\u00f3n monetaria a cambio. Como hemos apuntado m\u00e1s arriba, la tipolog\u00eda que nos parece mejor establecida es: trabajo con remuneraci\u00f3n monetaria, trabajo dom\u00e9stico y trabajo voluntario (5). Si el trabajo con remuneraci\u00f3n monetaria fuera el \u00fanico trabajo, entonces las mujeres (mayoritariamente mujeres, por supuesto) que realizan trabajo dom\u00e9stico no estar\u00edan trabajando. Punto que nos permite enlazar con la segunda confusi\u00f3n. No estar realizando un trabajo con remuneraci\u00f3n monetaria no equivale a no estar haciendo nada. Es una posibilidad, pero puede ser perfectamente posible que se est\u00e9 desarrollando trabajo dom\u00e9stico o trabajo voluntario. Fij\u00e9monos que existen muchos \u00abtrabajos\u00bb por los que se percibe una remuneraci\u00f3n (a menudo muy generosa) a cambio y que ser\u00eda f\u00e1cil ponerse de acuerdo en que la utilidad social (aunque sea un t\u00e9rmino muy empleado y dif\u00edcil de precisar) de los mismos es inexistente o incluso contraproducente. Pi\u00e9nsese, por ejemplo, en las ocupaciones que tienen que ver con los ej\u00e9rcitos (muchos de los cuales han dirigido sus armas contra sus propias poblaciones) o en la de determinados cargos simb\u00f3licos, y muy bien remunerados, tanto del sector privado como p\u00fablico, etc. Hecho este breve pre\u00e1mbulo, veamos directamente la acusaci\u00f3n de parasitismo que fomentar\u00eda la implantaci\u00f3n de una RB. Por parasitismo entendemos que incurre quien obtiene un beneficio derivando parcial o totalmente el coste sobre otra persona. La cr\u00edtica no es exclusiva de la RB. Cualquier medida que haya beneficiado a la poblaci\u00f3n m\u00e1s pobre o con niveles de renta m\u00e1s bajos, siempre ha merecido por parte de las derechas pol\u00edticas y acad\u00e9micas (con alguna heroica excepci\u00f3n), y las patronales la acusaci\u00f3n de que \u00abfomentar\u00e1 el parasitismo\u00bb. Justamente la RB permitir\u00eda por primera vez en la historia de nuestra especie que todos pudieran poder hacer lo que desde siempre solamente han podido hacer unos pocos, la parte m\u00e1s rica de la poblaci\u00f3n, es a saber, la posibilidad de vivir sin hacer ninguna contribuci\u00f3n. Pero, alegar\u00e1 todav\u00eda alg\u00fan cr\u00edtico insatisfecho, es justo que \u00abel hombre que no trabaje, que no coma\u00bb, seg\u00fan se dice en la \u00abSegunda Carta a los Tesal\u00f3nicos\u00bb de Pablo de Tarso. Como ya dejamos escrito en otra parte (6): En nuestro mundo, quien no disponga de tierras o de capital no puede elegir dejar de trabajar para otro, si es que la posibilidad de \u00abno morir de hambre\u00bb se considera propiamente una alternativa. La implantaci\u00f3n de una RB garantiza la reciprocidad (7); su ausencia la impide. Actualmente, s\u00f3lo una parte peque\u00f1a de la poblaci\u00f3n puede elegir entre trabajar remuneradamente o no hacerlo. Con la RB ser\u00eda una posibilidad abierta a toda la ciudadan\u00eda. El principio paulino \u00abquien no trabaja, no come\u00bb solamente es efectivo para los pobres, no para todos los componentes de la sociedad, en ning\u00fan caso para los m\u00e1s ricos. Hay ricos que comen y no trabajan.<\/p>\n<p>II. 2 Son mejores los subsidios condicionados dirigidos a los pobres<\/p>\n<p>Otra de las cr\u00edticas va enfocada a atacar la universalidad de la RB. Se opina, seg\u00fan los partidarios de esta cr\u00edtica, que son m\u00e1s justificables los subsidios dirigidos a los que \u00abm\u00e1s lo necesitan\u00bb. Esta cr\u00edtica apareci\u00f3 casi en el mismo momento del renacimiento contempor\u00e1neo de la propuesta. La RB presenta ventajas t\u00e9cnicas con respecto a los subsidios condicionados dirigidos a los \u00abm\u00e1s pobres\u00bb, que podemos resumir en los siguientes puntos:<\/p>\n<p>A) Los subsidios no universales tienen alt\u00edsimos costes administrativos, en proporci\u00f3n al presupuesto general del programa condicionado. La RB representa una simplificaci\u00f3n administrativa como han reconocido incluso algunos de sus cr\u00edticos. No hace falta a\u00f1adir que esta caracter\u00edstica de la RB puede ser crucial con vistas a una efectiva racionalizaci\u00f3n de las pol\u00edticas sociales y de redistribuci\u00f3n de la riqueza.<\/p>\n<p>B) La RB se garantiza ex-ante, los subsidios condicionados, en caso de poder tener acceso a ellos, ex-post. Ello convierte a la RB en una medida esencialmente preventiva de la exclusi\u00f3n.<\/p>\n<p>C) La RB permite eludir las llamadas \u00abtrampas de la pobreza y del desempleo\u00bb. Estas trampas aparecen por el hecho de que las cantidades monetarias de los subsidios condicionados no son acumulativas (con ello queremos decir que son subsidios complementarios a una renta ya existente y hasta un umbral establecido). De ah\u00ed la inexistencia de est\u00edmulos para aceptar ocupaciones a tiempo parcial o de cualquier remuneraci\u00f3n. T\u00e9cnicamente lo podemos expresar de la siguiente manera: el tipo impositivo marginal que se aplica a cada<br \/>\nunidad monetaria que no sea la del subsidio condicionado es en muchos casos del 100%, es decir, se pierde una unidad monetaria de prestaci\u00f3n por cada unidad monetaria de ingreso salarial que se pueda obtener. Las trampas de la pobreza y del paro, dicho r\u00e1pidamente, aparecen cuando la percepci\u00f3n de los beneficios, fiscales o de otro tipo, se halla condicionada a la verificaci\u00f3n, por parte de las autoridades, de la suficiencia de los ingresos recibidos dentro del mercado laboral. A diferencia de los subsidios condicionados, la RB no constituye un techo, sino que define s\u00f3lo un nivel b\u00e1sico, a partir del cual las personas pueden acumular cualquier otro ingreso.<\/p>\n<p>D) La incondicionalidad de la RB trae consigo tambi\u00e9n la promesa de erradicar o mitigar diversas pr\u00e1cticas asistenciales fundadas en el clientelismo, y en los diversos y nocivos efectos conocidos de \u00e9ste: formaci\u00f3n de una burocracia parasitaria, formal o informal, y robustecimiento de las relaciones de dependencia.<\/p>\n<p>E) Y aun hay que decir, finalmente, que la RB permite evitar los da\u00f1os psicol\u00f3gicos y morales vinculados a la estigmatizaci\u00f3n social del perceptor de un subsidio condicionado.<\/p>\n<p>II.3 La RB solamente est\u00e1 pensada para pa\u00edses ricos<\/p>\n<p>Esta es una cr\u00edtica cuya \u00fanica parte de verdad reside en el hecho de que los estudios m\u00e1s numerosos y sofisticados de financiaci\u00f3n de una RB se han realizado en los pa\u00edses ricos (v\u00e9ase en el siguiente apartado un ejemplo muy reciente). Ello ha sido as\u00ed porque en los pa\u00edses ricos ha habido mayores posibilidades fiscales para financiar una RB. Hasta aqu\u00ed la parte digamos \u00abjusta\u00bb de la cr\u00edtica. Pero nada m\u00e1s. Desde hace ya algunos a\u00f1os, en pa\u00edses que no podr\u00edan ser considerados de ninguna forma en el bloque de los ricos, (Timor Oriental (8), Sud\u00e1frica, Argentina (9), Brasil (10), por poner 4 ejemplos, pero en ning\u00fan caso los \u00fanicos) empieza a haber inter\u00e9s por la propuesta de la RB. Muchas de las virtudes de la RB quedan a\u00fan m\u00e1s subrayadas en las zonas donde m\u00e1s pobreza, dominaci\u00f3n y miseria existen. Evidentemente, una RB en Timor Oriental no ser\u00eda de la misma cantidad de la que deber\u00eda haber en Canad\u00e1 o Suecia. Y en Marruecos tambi\u00e9n ser\u00eda diferente a la de, pongamos por ejemplo, Alemania. El criterio de \u00abal menos el umbral de la pobreza\u00bb es un buen indicador aproximado de la cantidad de RB que permitir\u00eda poder vivir en distintas \u00e1reas geogr\u00e1ficas. La forma de financiaci\u00f3n, si bien en los pa\u00edses ricos y tambi\u00e9n en los que tengan un sistema impositivo m\u00ednimamente desarrollado, debe ir \u00edntimamente ligadas a la pol\u00edtica fiscal, puede ser muy diferente seg\u00fan los recursos y las posibilidades de cada pa\u00eds.<\/p>\n<p>II.4 La RB es muy costosa e imposible de financiar<\/p>\n<p>La financiaci\u00f3n es uno de los aspectos de la RB en que m\u00e1s se ha avanzado en los \u00faltimos a\u00f1os. Se han realizado algunas investigaciones para \u00e1mbitos geogr\u00e1ficos distintos. De entre ellas, explicaremos muy brevemente una que conocemos especialmente bien por haber participado en su elaboraci\u00f3n (11). El estudio est\u00e1 basado en una gran muestra de 210.000 declaraciones del IRPF de Catalu\u00f1a. La propuesta de financiaci\u00f3n de la RB consiste en una reforma en profundidad del actual IRPF. El estudio opta por este camino porque se ha tenido acceso a datos individualizados de este impuesto, pero tambi\u00e9n porque el IRPF es especialmente \u00fatil para apreciar, precisamente, la redistribuci\u00f3n resultante de la renta. La inmensa base de datos permite un conocimiento exhaustivo de los rendimientos netos susceptibles de ser gravados fiscalmente. Las principales caracter\u00edsticas de la propuesta del estudio son: 1) se establece una RB universal pagada directamente a toda persona de forma incondicional; 2) la RB reemplaza cualquier otro tipo de renta o pensi\u00f3n p\u00fablica de cantidad inferior (en el caso de que la antigua percepci\u00f3n sea m\u00e1s alta, la RB se complementar\u00eda hasta llegar a la citada percepci\u00f3n); 3) la cantidad anual de RB es de 6.000 euros por adulto y de 3.000 euros (12) para los menores de 18 a\u00f1os (13); 4) se establece un tipo \u00fanico (14) nominal del 55,2% para todas aquellas rentas superiores a la RB, la cual est\u00e1 completamente exenta de impuestos. Este 55,2% nominal es un tipo real o efectivo muy distinto seg\u00fan el decil de renta. Efectivamente, si calculamos el tipo efectivo (el porcentaje que realmente se paga despu\u00e9s de haberse transferido la RB) por decilas de renta (es decir, ordenando a la poblaci\u00f3n seg\u00fan renta y dividi\u00e9ndola en 10 partes), resulta que del 10% al 50% de la poblaci\u00f3n con menos renta, tendr\u00eda un tipo negativo (del -117% al -4%, respectivamente); en los tramos del 60% al 90%, los tipos efectivos oscilan del 3,2% al 25,8%. Aunque el 55,2% nominal aparenta un tipo muy elevado, el tipo efectivo es much\u00edsimo menor, excepto para los m\u00e1s ricos (cuando la RB representa una porci\u00f3n muy peque\u00f1a de la renta global, como resultar\u00eda ser el caso de los muy ricos, el tipo nominal y efectivo tienden a igualarse).<\/p>\n<p>Con estas caracter\u00edsticas, el modelo llega a los siguientes resultados: 1) La reforma se autofinancia, es decir, que con el tipo \u00fanico indicado y la reforma especificada, la RB no deber\u00eda ser financiada por otros impuestos; 2) La redistribuci\u00f3n de la renta que resulta es mucho m\u00e1s igualitaria que en la situaci\u00f3n de partida, es decir, la actualmente existente (lo muestran algunos indicadores como el Gini). 3) El 70% aproximado de la poblaci\u00f3n catalana gana, respecto a la situaci\u00f3n de partida, con la reforma; el 15% m\u00e1s rico pierde, y el resto quedar\u00eda m\u00e1s o menos igual.<\/p>\n<p>Aunque este estudio est\u00e1 basado, como se ha mencionado, en una gran muestra de 210.000 declaraciones del IRPF de Catalu\u00f1a, su metodolog\u00eda es perfectamente aplicable al conjunto del reino de Espa\u00f1a con s\u00f3lo cambiar, obviamente, la base datos.<\/p>\n<p>Como dec\u00edamos en otra parte (15) este ejemplo no es exportable sin m\u00e1s a pa\u00edses con medios p\u00fablicos modestos, como los latinoamericanos. No s\u00f3lo por la escasez de recursos, sino por la menor capacidad y eficacia fiscal y recaudatoria de sus respectivos gobiernos. Por eso en la Argentina, por ejemplo, los partidarios de la RB (16) proponen un programa de cumplimiento por etapas, empezando por los menores de edad. Se piensa asimismo en la posibilidad de financiar una RB para los pa\u00edses con menos recursos a partir de iniciativas internacionales como el establecimiento de un fondo p\u00fablico constituido a partir de la \u00abtasa Tobin\u00bb. En iniciativas como \u00e9sta \u00faltima, la fraternidad internacional entre los pueblos deber\u00eda venir aqu\u00ed activamente en socorro de la pericia t\u00e9cnica y del buen sentido econ\u00f3mico de las medidas adoptadas.<\/p>\n<p>III. JUSTIFICACI\u00d3N NORMATIVA: REPUBLICANISMO Y RENTA BASICA<\/p>\n<p>El republicanismo es una tradici\u00f3n milenaria, bien arraigada en el mediterr\u00e1neo antiguo cl\u00e1sico, y com\u00fan y justamente asociada a los nombres de Ephialtes, Pericles, Prot\u00e1goras o Dem\u00f3crito (en su versi\u00f3n democr\u00e1tico-plebeya) y a los de Arist\u00f3teles o Cicer\u00f3n (en su versi\u00f3n antidemocr\u00e1tica). En el mundo moderno, reaparece tambi\u00e9n en sus dos variantes: la democr\u00e1tica, que aspira a la universalizaci\u00f3n de la libertad republicana y a la consiguiente inclusi\u00f3n ciudadana de la mayor\u00eda pobre, y aun al gobierno de esa mayor\u00eda de pobres&#8212;; y la antidemocr\u00e1tica, que aspira a la exclusi\u00f3n de la vida civil y pol\u00edtica de quienes viven por sus manos, y al monopolio del poder pol\u00edtico por parte de los ricos propietarios. Nombres asociados a ese renacimiento moderno del republicanismo: Marsiglio de Padua, Maquiavelo, cierto Montesquieu, Locke, Rousseau, Kant, Adam Smith, Jefferson, Madison, Robespierre y Marx. Cualesquiera que sean sus diferencias en otros respectos, todos ellos comparten al menos dos convicciones.<\/p>\n<p>Una: que ser libre es estar exento de pedir permiso a otro para vivir o sobrevivir, para existir socialmente; quien depende de otro particular para vivir, es arbitrariamente interferible por \u00e9l, y por lo mismo, no es libre. Quien no tiene asegurado el \u00abderecho a la existencia\u00bb por carecer de propiedad, no es sujeto de derecho propio &#8211;sui iuris&#8212;, vive a merced de otros, y no es capaz de cultivar ni menos de ejercitar la virtud ciudadana, precisamente porque las relaciones de dependencia y subalternidad le hacen un sujeto de derecho ajeno, un alieni iuris, un \u00abalienado\u00bb.<\/p>\n<p>Y la otra: que sean muchos (democracia plebeya) o pocos (oligarqu\u00eda plutocr\u00e1tica) aquellos a quienes alcance la libertad republicana, \u00e9sta, que siempre se funda en la propiedad y en la independencia material que de ella deriva, no podr\u00eda mantenerse si la propiedad estuviera tan desigual y polarizadamente distribuida, que unos pocos particulares estuvieran en condiciones de desafiar a la rep\u00fablica, disputando con \u00e9xito al com\u00fan de la ciudadan\u00eda el derecho a determinar el bien p\u00fablico. Como famosamente observ\u00f3 Maquiavelo, cuando el grueso de la propiedad est\u00e1 distribuido entre un pu\u00f1ado de gentilhuomi (de magnates), no hay espacio para instituir rep\u00fablica alguna, y la vida pol\u00edtica s\u00f3lo puede hallar alg\u00fan esperanza en la discreci\u00f3n de un pr\u00edncipe absolutista (17).<\/p>\n<p>En la tradici\u00f3n hist\u00f3rica republicana (18), el problema de la libertad se plantea as\u00ed: X es libre republicanamente (dentro de la vida social) si: a) no depende de otro particular para vivir, es decir, si tiene una existencia social aut\u00f3noma garantizada, si tiene alg\u00fan tipo de propiedad que le permite subsistir bien, sin tener que pedir cotidianamente permiso a otros; b) nadie puede interferir arbitrariamente (es decir, il\u00edcitamente o ilegalmente) en el \u00e1mbito de la existencia social aut\u00f3noma de X (en su propiedad); c) la rep\u00fablica puede interferir l\u00edcitamente en el \u00e1mbito de existencia social aut\u00f3noma de X, siempre que X est\u00e9 en relaci\u00f3n pol\u00edtica de parigualdad con todos los dem\u00e1s ciudadanos libres de la rep\u00fablica, con igual capacidad que ellos<br \/>\npara gobernar y ser gobernado; d) cualquier interferencia (de un particular o del conjunto de la rep\u00fablica) en el \u00e1mbito de existencia social privada de X que da\u00f1e ese \u00e1mbito hasta hacerle perder a X su autonom\u00eda social, poni\u00e9ndolo a merced de terceros, es il\u00edcita; e) la rep\u00fablica est\u00e1 obligada a interferir en el \u00e1mbito de existencia social privada de X, si ese \u00e1mbito privado capacita a X para disputar con posibilidades de \u00e9xito a la rep\u00fablica el derecho de \u00e9sta a definir el bien p\u00fablico. f) X est\u00e1 afianzado en su libertad c\u00edvico-pol\u00edtica por un n\u00facleo duro &#8211;m\u00e1s o menos grande&#8212; de derechos constitutivos (no puramente instrumentales) que nadie puede arrebatarle, ni puede \u00e9l mismo alienar (vender o donar) a voluntad, sin perder su condici\u00f3n de ciudadano libre.<\/p>\n<p>El conjunto de oportunidades de X, queda caracterizado por la tradici\u00f3n republicana de modo hist\u00f3rico-institucional: el conjunto de oportunidades de X no es cualquier conjunto de oportunidades, sino el particular conjunto de oportunidades, institucionalmente configurado, compuesto por aquellos t\u00edtulos de propiedad que habilitan a X una existencia social aut\u00f3noma, no civilmente subalterna.<\/p>\n<p>Es propio de la tradici\u00f3n hist\u00f3rica republicana, considerar que la libertad pol\u00edtica y el ejercicio de la ciudadan\u00eda son incompatibles con las relaciones de dominaci\u00f3n mediante las cuales los propietarios y ricos ejercen dominium sobre aquellos que, por no ser completamente libres, est\u00e1n sujetos a todo tipo de interferencias; ya sea en el \u00e1mbito de la vida dom\u00e9stica, o en las relaciones jur\u00eddicas propias de la vida civil, tales como los contratos de trabajo o de compra y venta de bienes materiales (19). La ciudadan\u00eda plena no es posible sin independencia material o sin un \u00abcontrol\u00bb sobre el propio conjunto de oportunidades. Los republicanos democr\u00e1ticos entendieron esta consigna como uno de los principales objetivos de la pol\u00edtica y dise\u00f1aron toda clase de mecanismos para garantizarla; los no democr\u00e1ticos la entendieron como un prerrequisito de la libertad pol\u00edtica, y excluyeron a quienes no eran sui iuris de la vida pol\u00edtica activa. Si la capacidad de votar es lo que cualifica al ciudadano, y si tal capacidad presupone la independencia de quien no quiere ser s\u00f3lo parte, sino tambi\u00e9n miembro de la comunidad, porque act\u00faa junto con los otros, pero por su propio arbitrio, entonces algunos republicanos no democr\u00e1ticos, por ejemplo Kant, creyeron necesario trazar una distinci\u00f3n entre ciudadanos pasivos y activos. Como cre\u00eda el republicano de K\u00f6nigsberg, todos los que tienen que ser mandados, o puestos bajo la tutela de otros individuos, no poseen independencia civil. No la poseen los menores de edad, las mujeres, y los sirvientes, porque no pueden conservar por s\u00ed mismos su existencia en cuanto a sustento y protecci\u00f3n; tampoco los jornaleros, ni todos aquellos que no pueden poner p\u00fablicamente en venta el producto de su trabajo y dependen de contratos o arreglos meramente privados de esclavitud temporaria, que brotan de la voluntad unilateral del sui iuris (20).<\/p>\n<p>Lo que hoy consideramos la definici\u00f3n liberal de propiedad, aquella que en el XVIII Sir Blackstone caracteriz\u00f3 como \u00abel dominio exclusivo y desp\u00f3tico que un hombre exige y ejerce sobre las cosas externas del mundo, con exclusi\u00f3n total de cualquier otro individuo en el universo\u00bb, que el derecho romano consideraba como el derecho absoluto &#8211;dominium- del propietario que no pod\u00eda ser interferido por nadie, y que algunos te\u00f3ricos iusnaturalistas supusieron un derecho natural, es, sin embargo, s\u00f3lo una de las formas hist\u00f3ricas que revisten las relaciones sociales en torno a objetos y que constituye la base de gran parte de los C\u00f3digos civiles actuales (21). El otro, la propiedad entendida como \u00abcontrol\u00bb sobre el recurso pose\u00eddo, control que confiere independencia o autonom\u00eda moral y pol\u00edtica, es el concepto de propiedad que interesa al republicanismo. Y no es otro que aquel que permite el desarrollo de \u00abla libre individualidad, que florece cuando el trabajador es propietario privado y libre de las condiciones de trabajo manejadas por \u00e9l mismo, cuando el campesino es due\u00f1o de la tierra que trabaja, o cuando el artesano es due\u00f1o del instrumento que maneja como virtuoso, y que s\u00f3lo es compatible con unos l\u00edmites estrechos de la producci\u00f3n y de la sociedad\u00bb (22). En esta tradici\u00f3n, la independencia que confiere la propiedad no es un asunto de mero inter\u00e9s propio privado, sino de la mayor importancia pol\u00edtica, tanto para el ejercicio de la libertad como para la realizaci\u00f3n del autogobierno republicano, pues tener una base material asegurada es indispensable para la propia independencia y competencia pol\u00edticas (23).<\/p>\n<p>IV. Renta b\u00e1sica de ciudadan\u00eda: Una propuesta para el siglo XXI<\/p>\n<p>A finales del siglo XVIII y principios del XIX, los republicanos democr\u00e1ticos contemplaban dos posibilidades para poder materializar esta concepci\u00f3n de la libertad: 1. universalizar la peque\u00f1a propiedad agraria o 2. \u00abuna especie de derecho de existencia social p\u00fablicamente garantizado (Robespierre), o un ingreso material incondicionalmente asignado a todos los ciudadanos por el solo hecho de serlo (Tom Paine), lo que ahora llamamos renta b\u00e1sica garantizada\u00bb (24).<\/p>\n<p>En el mundo actual de principios del siglo XXI, la pobreza aumenta sin cesar. Las diferencias entre los pa\u00edses ricos y los pobres es cada vez mayor, las diferencias entre los ricos y los pobres de los pa\u00edses pobres tambi\u00e9n. Algo que seguramente es menos conocido o m\u00e1s silenciado, es que las diferencias entre los ricos y los pobres de los pa\u00edses ricos est\u00e1n aumentando en los \u00faltimos a\u00f1os. Y no solamente en Estados Unidos, donde el 5% m\u00e1s rico de los hogares controlaban el 59% de la riqueza de la naci\u00f3n, mientras que el 40% m\u00e1s pobre dispon\u00eda solamente del 0,3% (25). Alemania, el pa\u00eds econ\u00f3micamente m\u00e1s poderoso de Europa, el pa\u00eds con la clase obrera m\u00e1s protegida por el Estado, tambi\u00e9n es un lugar en donde en los \u00faltimos a\u00f1os los ricos ganan m\u00e1s y los pobres son m\u00e1s pobres. El 10% de los hogares m\u00e1s ricos de Alemania posee casi el 47% de todo el patrimonio acumulado de los hogares (que si fuera repartido por igual resultar\u00eda un monto de 133.000 euros por casa), dos puntos m\u00e1s desde el a\u00f1o 1998 cuando el SPD y Los Verdes llegaron al poder. Mientras, el 50% de la poblaci\u00f3n m\u00e1s pobre s\u00f3lo dispone de algo menos del 4% del total (26).<\/p>\n<p>Pocos d\u00edas antes de la reuni\u00f3n que en febrero de 2005 ten\u00edan previsto realizar los ministros de Finanzas de los 7 pa\u00edses m\u00e1s ricos del mundo, Nelson Mandela dijo: \u00abLa pobreza es obra del hombre y puede ser superada y erradicada por la acci\u00f3n de los seres humanos. Superar la pobreza no es un gesto de caridad. Es un acto de justicia. Es la protecci\u00f3n de un derecho fundamental del ser humano, el derecho a la dignidad y a una vida decente. Mientras haya pobreza no habr\u00e1 verdadera libertad.\u00bb<\/p>\n<p>Las grandes desigualdades sociales son las causas de la falta de libertad. Estas grandes desproporciones en la riqueza, estas inmensas bolsas de pobreza, el hambre conviviendo geogr\u00e1ficamente con la m\u00e1s insultante opulencia, todo ello provoca falta de libertad para la inmensa mayor\u00eda. Igualdad y libertad no son dos variables a elegir, si m\u00e1s de una menos de otra y viceversa. Las grandes desigualdades crean un problema profundo de libertad para la gran mayor\u00eda. El que no tiene la existencia material garantizada debe pedir permiso a otro para poder vivir (27). \u00bfQu\u00e9 libertad tiene el trabajador que no sabe si el mes pr\u00f3ximo, quiz\u00e1s la semana pr\u00f3xima, seguir\u00e1 teniendo aquel puesto de trabajo que le proporciona el sustento diario? \u00bfQu\u00e9 libertad tiene la mujer materialmente dependiente del marido o amante, que la maltrata, la domina y, a veces, llega a asesinarla? \u00bfQu\u00e9 libertad tiene el desempleado que vive marcado con el estigma del subsidio p\u00fablico, si quiz\u00e1s vive en un pa\u00eds europeo, o de la caridad, si vive en un pa\u00eds pobre y tiene algo de suerte? No son libres como no lo es aquella persona que no tiene el derecho a la existencia material garantizada y tiene que pedir permiso a otros para vivir.<\/p>\n<p>Frecuente es la acusaci\u00f3n de \u00abfalta de alternativas\u00bb lanzada por los peritos en legitimaci\u00f3n a toda cr\u00edtica de fondo al sistema econ\u00f3mico capitalista. Lo m\u00e1ximo que \u00e9stos llegan a admitir es que la calidad de alguna cr\u00edtica es excelente, pero inoperante puesto que, una vez m\u00e1s, \u00abfaltan alternativas\u00bb. La propuesta de la RB ha dejado confundido a m\u00e1s de un plum\u00edfero satisfecho, y quiz\u00e1s hasta convencido, por tan repetida cantinela, pero una buena Renta B\u00e1sica de ciudadan\u00eda, entendida como forma de garantizar las condiciones materiales de existencia, aumentar\u00eda la libertad de la ciudadan\u00eda; har\u00eda a los pobres y a los despose\u00eddos m\u00e1s independientes, m\u00e1s capaces para hacer o\u00edr su voz; de resistir m\u00e1s articuladamente los procesos de desposesi\u00f3n que tienen lugar en todas partes en el nombre de la globalizaci\u00f3n. Posibilitar\u00eda que no tuvieran que vivir con permiso de otros.<\/p>\n<p>Notas:<\/p>\n<p>(*) Una versi\u00f3n anterior de este art\u00edculo ser\u00e1 publicada pr\u00f3ximamente en la revista de la secci\u00f3n argentina de Amnist\u00eda Internacional.<\/p>\n<p>(1) V\u00e9ase, por ejemplo, Jordi Arcarons, \u00c0lex Boso, Jos\u00e9 Antonio Noguera y Daniel Ravent\u00f3s, La Renda B\u00e0sica de Ciutadania, Barcelona, Mediterr\u00e0nia, 2005.<\/p>\n<p>(2) V\u00e9ase, para un desarrollo m\u00e1s detallado, Daniel Ravent\u00f3s, El derecho a la existencia, Barcelona, Ariel, 1999.<\/p>\n<p>(3) Mar\u00eda Julia Bertomeu, Antoni Dom\u00e8nech y Daniel Ravent\u00f3s, \u00abLa propuesta de la Renta B\u00e1sica de ciudadan\u00eda\u00bb, Le Monde Diplomatique ediciones argentina, chilena y colombiana, n\u00fameros 73, 54 y 37.<\/p>\n<p>(4) La propuesta de la RB tiene antecedentes muy lejanos en el tiempo. Para un resumen de los antecedentes hist\u00f3ricos de la RB v\u00e9ase Yannick Vanderborght y Philippe Van Parijs, L&#8217;allocation universelle, Par\u00eds, La D\u00e9couverte. Entre<br \/>\nlos pioneros podemos encontrar, entre otros, a Thomas Paine (1737-1809), Thomas Spence (1750-1814); y m\u00e1s recientemente a Bertrand Russell (1872-1970) y George D.H. Cole (1889-1959), primer titular de la c\u00e1tedra de teor\u00eda pol\u00edtica de Oxford. De todos modos, y para evitar confusiones, queremos subrayar que la formulaci\u00f3n contempor\u00e1nea que, con peque\u00f1as variantes, sigue la definici\u00f3n que hemos ofrecido, tiene poco menos de 20 a\u00f1os.<\/p>\n<p>(5) Para las respectivas definiciones y tratamiento pormenorizado v\u00e9ase, Daniel Ravent\u00f3s, \u00abTrabajo(s) y Renta B\u00e1sica\u00bb, en Joaqu\u00edn Arriola y Albert Garcia, Trabajo, producci\u00f3n y sostenibilidad, Barcelona-Bilbao, CCCB-Bakeaz, 2002.<\/p>\n<p>(6) Daniel Ravent\u00f3s, \u00abEl salario de toda la ciudadan\u00eda\u00bb, Claves de Raz\u00f3n Pr\u00e1ctica, n\u00fam. 106, 2000.<\/p>\n<p>(7) Para un debate sobre la reciprocidad y la RB, v\u00e9ase (para una actitud contraria a la RB) Stuart White, \u00abLiberal Equality, Explotation, and the Case for an Unconditional Basic Income\u00bb, Political Studies, 45, 1997. Y del mismo autor: Stuart White, \u00abFair Reciprocity and Basic Income\u00bb, en Andrew Reeve y Andrew Williams (Editores), Real Libertarianism Assessed. Political Theory after Van Parijs, Hampshire, Palgrave MacMillan, 2003. Para una actitud favorable, v\u00e9ase Karl Widerquist, \u00abReciprocity and the Guaranteed Income\u00bb, ponencia presentada en el VII Congreso de 1998 del BIEN..<\/p>\n<p>(8) V\u00e9ase David Casassas, Daniel Ravent\u00f3s y Julie Wark, \u00abOil in Troubled Waters\u00bb, 2004, que se puede descargar desde http:\/\/www.nodo50.org\/redrentabasica\/textos\/index.php?x=299.<\/p>\n<p>(9) V\u00e9ase http:\/\/www.ingresociudadano.org.<\/p>\n<p>(10) V\u00e9ase, por ejemplo, http:\/\/www.ingresociudadano.org\/Novedades\/brasil\/08-01-04.htm.<\/p>\n<p>(11) V\u00e9ase el cap\u00edtulo tercero de Jordi Arcarons, \u00c0lex Boso, Jos\u00e9 Antonio Noguera y Daniel Ravent\u00f3s, op. cit.<\/p>\n<p>(12) Es decir, de 7.200 y 3.600 d\u00f3lares, aproximadamente, al cambio de principios de 2006: 1 euro = 1,2 d\u00f3lares.<\/p>\n<p>(13) En realidad, lo que estamos avanzando aqu\u00ed son unas cantidades y unos tipos impositivos algo diferentes de los del estudio publicado (v\u00e9ase la nota 1) porque se est\u00e1 ajustando la investigaci\u00f3n inicial.<\/p>\n<p>(14) Sabemos que un tipo \u00fanico despierta muchos recelos porque aparece como menos progresivo que un impuesto de tramos. El modelo de microsimulaci\u00f3n que se est\u00e1 comentando permite tambi\u00e9n incorporar distintos tramos impositivos. Con una RB exenta de impuestos, somos de la opini\u00f3n que el debate sobre tramos o tipo \u00fanico pierde gran parte del contenido tradicional. En el estudio citado, el \u00edndice Kakwani, que mide la progresividad de un impuesto, muestra precisamente que el resultado posterior a la reforma ser\u00eda m\u00e1s progresivo. Pero, insistimos una vez m\u00e1s, no hay ninguna incompatibilidad formal en defender una financiaci\u00f3n de la RB mediante distintos tramos impositivos.<\/p>\n<p>(15) En Mar\u00eda Julia Bertomeu, Antoni Dom\u00e8nech y Daniel Ravent\u00f3s, \u00abLa propuesta de la Renta B\u00e1sica de ciudadan\u00eda\u00bb, op. cit.<\/p>\n<p>(16) Buena parte de los cuales est\u00e1n agrupados en la Red Argentina de Ingreso Ciudadano, una de las 11 secciones oficiales que la Basic Income Earth Network tiene en 3 continentes. www.redaic.org<\/p>\n<p>(17) Para este punto: Mar\u00eda Julia Bertomeu, \u00abRepublicanismo y propiedad\u00bb, El Viejo Topo, Barcelona, abril 2005.<\/p>\n<p>(18) Para el tema de la libertad republicana: Antoni Dom\u00e8nech, El eclipse de la fraternidad, Barcelona, Cr\u00edtica, 2005; Bertomeu, M.J. y Dom\u00e8nech, A: Algunas observaciones&#8230;op.cit y Bertomeu, M.J. \u00abRepublicanismo y propiedad\u00bb, op. cit.<\/p>\n<p>(19) Para el tema de la propiedad en la tradici\u00f3n hist\u00f3rica republicana, desde Arist\u00f3teles hasta nuestros d\u00edas, v\u00e9ase: Antoni Dom\u00e8nech, El eclipse de la fraternidad, op. cit<\/p>\n<p>(20) Kant, I, Metaf\u00edsica de las costumbres, traducci\u00f3n Adela Cortina y Jes\u00fas Conill, Madrid, Tecnos, 1989. 144-145<\/p>\n<p>(21) Desde el punto de vista jur\u00eddico, el concepto liberal de propiedad ha sido desarrollado por el C\u00f3digo Napole\u00f3nico; en el art\u00edculo 544 define la propiedad como \u00abel derecho de gozar y disponer de las cosas de la manera m\u00e1s absoluta\u00bb Esto significa que encierra los siguientes derechos fundamentales: el de gozar, que implica usar una cosa (jus utendi) y percibir sus frutos (jus fruendi) y el de disponer (jus abutendi) de la cosa, es decir, transferir el dominio a un tercero. Para un tratamiento extenso del tema, v\u00e9ase Fernando Trazegnis, \u00abLa transformaci\u00f3n del derecho de propiedad\u00bb, Derecho, Pontificia Universidad Cat\u00f3lica del Per\u00fa, N\u00ba 33, Lima, 1978.<\/p>\n<p>(22) Karl Marx: \u00abTendencia Hist\u00f3rica de la acumulaci\u00f3n capitalista\u00bb, El Capital, Tomo I, traducci\u00f3n de Wenceslao Roces, M\u00e9xico, Buenos Aires, Fondo de Cultura Econ\u00f3mica, 1946, Cap. XXIV.<\/p>\n<p>(23) Sobre este punto: Frank Michelman: \u00abPossession vs Distribution in the Constitucional Idea of Property\u00bb Iowa Law Review, Julio 1987, Vol 72, N 5, 1319-1350.<\/p>\n<p>(24) V\u00e9ase Antoni Dom\u00e8nech, \u00abEl socialismo y la herencia de la democracia republicana fraternal\u00bb, El Viejo Topo n\u00fam. 205, abril 2005. Tambi\u00e9n, del mismo autor, El eclipse de la fraternidad, op. cit.<\/p>\n<p>(25) En el pa\u00eds m\u00e1s poderoso de la Tierra, en el a\u00f1o 1992 los presidentes directores ejecutivos (Chief Executive Officer) de las grandes empresas ganaban 82 veces el salario medio de un trabajador manual, el a\u00f1o 2004 la relaci\u00f3n era ya de 400 a 1. Invitamos a cualquier persona que lea estas l\u00edneas y que tenga un salario m\u00e1s o menos normal, a realizar el sencillo c\u00e1lculo de multiplicar por 400 esta cantidad para hacerse una idea de la terrible desproporci\u00f3n (un salario mensual de 5.000 pesos se convertir\u00eda en uno de 2.000.000; uno de 7.000 en otro de 2.800.000, etc.).<\/p>\n<p>(26) Estos datos han sido tomados de: http:\/\/www.inequality.org\/facts.html , y de El Pa\u00eds, 4-3-2005.<\/p>\n<p>(27) Para utilizar la genial expresi\u00f3n de Marx en La Cr\u00edtica al Programa de Gotha: \u00abS\u00f3lo en la medida en que el hombre se relaciona de buen principio como propietario con la naturaleza &#8211;que es la primera fuente de todos los medios y los objetos del trabajo&#8212;, s\u00f3lo en la medida en que la trata como cosa suya, ser\u00e1 el trabajo fuente de valores de uso, es decir, de riqueza. (&#8230;) el hombre que no posea otra propiedad que su propia fuerza de trabajo, en cualesquiera situaciones sociales y culturales, tiene que ser el esclavo de los otros hombres, de los que se han hecho con la propiedad de las condiciones objetivas del trabajo. S\u00f3lo puede trabajar con el permiso de \u00e9stos, es decir: s\u00f3lo puede vivir con su permiso.\u00bb (El subrayado es nuestro).<\/p>\n<\/blockquote>\n<p>art\u00edculo completo en<a href=\"http:\/\/www.comfia.info\/noticias\/25406.html\"> comf\u00eda<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Las diferencias entre los pa\u00edses ricos y los pobres es cada vez mayor, las diferencias entre los ricos y los pobres de los pa\u00edses pobres tambi\u00e9n. Algo que seguramente es menos conocido o m\u00e1s silenciado, es que las diferencias entre los ricos y los pobres de los pa\u00edses ricos est\u00e1n aumentando en los \u00faltimos a\u00f1os. 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